Dictámenes e Informes Periciales

Fundamenta Arquitectura | Arquitectos peritos judiciales especializados en la realización de informes técnicos y dictámenes periciales

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EL PERITO ARQUITECTO, EL DICTAMEN Y EL INFORME PERICIAL

En no pocas ocasiones se tiende a confundir los términos informe pericial y dictamen pericial, empleándose incluso de forma indistinta, pese a tratarse de conceptos sensiblemente diferentes. El Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define un informe como una descripción, oral o escrita, de las características y circunstancias de un suceso o asunto, y a su vez como la acción o efecto de informar (dictaminar). Por su parte, si atendemos al Real Decreto 2512/1977, de 17 de junio, por el que se aprueban las tarifas de honorarios de los arquitectos perito en trabajos de su profesión, encontramos que un informe consiste en la exposición por escrito de las circunstancias observadas en el reconocimiento de predios, edificios, documentos, etc., o en el examen de la cuestión que se considera, con explicaciones técnicas, económicas, etc.

En cuanto al término dictamen, el DRAE lo define como una opinión o juicio que se forma o emite sobre algo, mientras que el anteriormente mencionado Real Decreto, lo concibe como la exposición por escrito de la opinión que emite el perito arquitecto sobre la cuestión sometida a consideración, y justificada en base a un informe técnico.

En virtud de lo anteriormente expuesto, es posible concluir que un informe técnico o informe pericial, consiste en un documento escrito que describe de forma objetiva, detallada y técnica, una situación o unos hechos observados, sin emitir opinión o conclusión alguna en relación con aquello sometido a examen. Por el contrario, un dictamen pericial, además de la descripción técnica y objetiva inherente a un informe, incluye unas conclusiones subjetivas en relación al hecho o situación analizados, que por lo general se emplean como medio de prueba en procedimientos judiciales, con el fin de aclarar el asunto juzgado.

La elaboración de un completo y exhaustivo dictamen pericial es clave a la hora de tener éxito en un asunto judicial relacionado con el sector del urbanismo y la edificación, toda vez que será, por lo general, el principal medio de prueba en el procedimiento. La figura del perito arquitecto es, por ello, clave dentro del procedimiento.

Por lo general, cuando alguien encarga la elaboración de un informe pericial o de un dictamen pericial a un perito arquitecto, es porque se ha producido algún tipo de conflicto relacionado con el urbanismo o la construcción, y necesita defender o argumentar una serie de aspectos técnicos relativos a la causa que se disputa, ya sea dentro de un marco judicial o extrajudicial. Para ello, será fundamental contar con un perito arquitecto imparcial e independiente de cualquiera las partes afectadas, que carezca de implicación alguna con del asunto a tratar, de tal forma que se garantice su plena objetividad.

En el ámbito de las obras, la mayoría de las reclamaciones judiciales pueden tener su origen en el empleo de mano de obra poco cualificada por parte del contratista, de una falta de coordinación entre el director de obra y el director de ejecución de la misma (también de estos o el propio promotor con el constructor), de unas pobres condiciones de seguridad, así como de una incorrecta planificación de los trabajos a ejecutar. A raíz de dichas situaciones, pueden surgir defectos de ejecución o patologías, discrepancias entre proyecto/presupuesto/contrato y lo realmente ejecutado, variaciones en las mediciones, precios contradictorios, desviaciones de presupuesto, etc.

No obstante, no es el único caso en el que se precisa de un arquitecto perito que elabore un dictamen pericial. También pueden surgir problemas urbanísticos entre promotores y ayuntamientos en relación a licencias de obra, disputas a la hora de determinar el justiprecio en expropiaciones forzosas, discrepancias en valoraciones catastrales, y un sinfín de situaciones en las cuales será fundamental la elaboración de un informe pericial o de un dictamen pericial.

Por lo general, la elaboración de un informe o dictamen pericial de parte puede producirse con carácter previo al inicio de cualquier procedimiento judicial, o también en el momento de presentación o contestación a la demanda, a fin de apoyar las pretensiones del interesado. También, iniciado el procedimiento, puede producirse la designación de un arquitecto perito judicial o arquitecto perito forense a instancias de un Juez o de alguna de las partes, en caso de estimarse necesario.

Toda persona física o jurídica es libre de encomendar a un arquitecto la elaboración de un dictamen pericial en cualquier momento, y cualquiera sea el asunto que, dentro de la competencia de éste, desee abordar. De hecho, un informe técnico o dictamen pericial no tiene por qué solicitarse exclusivamente dentro del marco de un procedimiento judicial, pues en no pocas ocasiones es de gran utilidad para explicar y justificar situaciones con un rigor técnico suficiente, con la intención de resolver un conflicto de forma amistosa o extrajudicial.

En el marco de un procedimiento judicial, cualquiera de las partes intervinientes puede solicitar a un arquitecto la elaboración de un dictamen pericial como medio de prueba. En el caso de que el dictamen o informe pericial se encargue y presente unilateralmente por demandante o demandado, hablaremos de un dictamen o informe pericial de parte, y consiguientemente, se denominará al arquitecto que lo elabore, perito de parte.

Sin embargo, el propio Juez tiene a su vez la capacidad de nombrar (ya sea por iniciativa propia, o a instancia de alguna de las partes) un perito arquitecto por insaculación, de entre el listado oficial de arquitectos perito del colegio de arquitectos correspondiente. En ese caso, al profesional designado se le denomina perito judicial o perito forense. Estas designaciones suelen producirse, especialmente, cuando surgen discrepancias sustanciales entre las opiniones de los peritos de parte.

El contenido de un informe o dictamen pericial es clave y, por lo general, tiene una gran trascendencia en el desenlace de cualquier procedimiento judicial, toda vez que como norma general, recae sobre las partes implicadas la carga de alegar y probar los hechos que se reclaman o de los que uno se defiende, y no sobre el tribunal que juzga el caso. Además, dado que los jueces no tienen conocimientos enciclopédicos, especialmente en asuntos técnicos, se valen de este tipo de documentos para comprender los asuntos y aclarar sus dudas, toda vez que ellos no son expertos en la cuestión que se juzga.

Un dictamen o informe pericial deficiente puede llegar a implicar resoluciones indebidas que conlleven el pago de elevadas indemnizaciones (en el ámbito civil o contencioso administrativo), e incluso penas de prisión (en el caso de procedimientos penales). Consiguientemente, todo dictamen o informe pericial precisa de un buen profesional, que lo elabore con un escrupuloso rigor y, por supuesto, también de un respeto hacia todas las partes intervinientes en el proceso.

Un perito es una persona que posee determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, e informa, bajo juramento, al juzgador, sobre puntos litigiosos relacionados con su especial saber o experiencia. En el sector del urbanismo y la edificación, los arquitectos superiores son los profesionales mejor cualificados para abordar cualquier tipo de dictamen o informe pericial.

Es posible distinguir entre arquitectos peritos de parte, cuando son contratados de forma privada para emitir un informe o dictamen pericial que sirva como medio de prueba en una demanda, o contestación de la misma, y arquitectos peritos judiciales o peritos forenses, cuando son designados por la Administración de Justicia, ya sea a instancia de alguna de las partes, o del propio juez, en el caso de que el tribunal considere necesaria su designación para esclarecer los hechos, en el caso de que existan discrepancias sustanciales entre los dictámenes o informes periciales emitidos por el perito arquitecto de cada parte.

Desde Fundamenta Arquitectura podemos intervenir en cualquier tipo de procedimiento judicial, tanto como peritos de parte, como peritos judiciales, encontrándonos inscritos en el listado de Peritos Judiciales de la Comunidad de Madrid.

Los tres pilares en los que nos basamos como peritos, son la formación, la experiencia y la capacidad de análisis, ya que entendemos son la esencia de todo buen dictamen o informe pericial.

A nivel formativo, en Fundamenta Arquitectura disponemos del mejor equipo de profesionales, fundamentalmente arquitectos y arquitectos técnicos, altamente cualificados, capaces de abordar cualquier cuestión relativa al sector del urbanismo y la edificación. Su director ejecutivo, Francisco Javier Avilés Montes, es arquitecto superior miembro del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, Perito Judicial de la Comunidad de Madrid y, además de contar con una amplia formación específica en la materia, desde el año 2012 es profesor de la Escuela de Arquitectura, Ingeniería y Diseño de la Universidad Europea, impartiendo docencia en el Grado en Fundamentos de la Arquitectura, Grado en Ingeniería de Edificación, Grado en Ingeniería Civil y Grado en Diseño, además de vocal de varios Comités Técnicos de AENOR.

A nivel de experiencia, contamos con una amplia trayectoria, de más de una década, en la elaboración de informes o dictámenes periciales de parte y judiciales, así como de informes técnicos, tanto a nivel urbanístico, como de edificación, lo cual nos posiciona como referentes dentro del sector.

Por último en relación a la capacidad de análisis, de indubitable importancia a la hora de abordar cualquier caso, en Fundamenta Arquitectura disponemos de la última tecnología, con herramientas de última generación, tales como medidores de transmitancias, cámaras de termografía infrarroja, sistemas de nivelación láser, distómetros láser, sonómetros, luxómetros, anemómetros, termohigrómetros, humidímetros, sistemas de posicionamiento GPS-GNSS RTK de precisión centimétrica, etc., que nos permiten analizar de forma pormenorizada y rigurosa cualquier situación.

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En Fundamenta Arquitectura ofrecemos el mejor servicio en materia de informes técnicos y dictámenes periciales para procedimientos judiciales. Contamos con una amplia experiencia en el sector como arquitectos peritos, así como con la tecnología necesaria para evaluar cualquier situación relacionada con el sector del urbanismo y la edificación. Además, somos Arquitectos Peritos Judiciales inscritos en el  listado oficial de la Comunidad de Madrid, por lo que cuando se nos designa, actuamos también como peritos forenses.

Nuestro equipo técnico estudia de manera exhaustiva cada caso y trabaja codo con codo con los letrados de nuestros clientes para asegurar la mejor coordinación posible a la hora de dar forma a las demandas, o contestar a las mismas, con independencia de la envergadura del dictamen pericial encomendado.

A grandes rasgos, estos son los aspectos que nos distinguen de la gran mayoría de los profesionales del sector:

  • Experiencia
  • Tecnología
  • Capacidad de análisis
  • Exhaustividad
  • Motivación
  • Formación
  • Implicación
  • Dedicación
  • Normalización
  • Conocimiento normativo
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