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Fundamenta Arquitectura

Método Fundamenta

Metodología para elaborar un dictamen pericial de arquitectura

Un proceso dirigido a separar hechos, fuentes, observaciones, inferencias e hipótesis, y a mantener una cadena reconocible entre cada conclusión y sus evidencias.

Documentación, fotografías, planos y mediciones organizados para elaborar un dictamen pericial
Evidencia identificada, razonamiento verificable y conclusiones trazables.

Punto de partida

Preguntas concretas, alcance definido

Antes de inspeccionar o redactar, se identifican el encargo, las partes, el inmueble, los antecedentes, la finalidad del documento y las cuestiones que requieren conocimiento arquitectónico. También se comprueba si existen incompatibilidades, conflictos de interés o materias que deban ser asumidas por otro especialista.

El objeto condiciona todo lo demás: una inspección visual de humedades no acredita por sí sola el diseño de una solución oculta; una medición puntual no permite extrapolar sin justificación a todo un edificio; y la ausencia de documentación puede impedir atribuir una intervención a un agente concreto.

El alcance profesional y la contratación se explican en la página corporativa de peritaciones de Fundamenta Arquitectura.

Secuencia de trabajo

Ocho controles del expediente pericial

01

Ingesta

Inventario de documentos, fechas, versiones, procedencia y legibilidad.

02

Planteamiento

Objeto, cuestiones periciales, alcance, limitaciones iniciales y plan de comprobación.

03

Inspección

Reconocimiento ordenado, fotografías, croquis, mediciones y constancia de zonas no accesibles.

04

Contraste

Proyecto, contratos, certificaciones, normativa temporal y territorial y otra información pertinente.

05

Causalidad

Lesión, mecanismo, origen posible, factores concurrentes y explicaciones alternativas.

06

Valoración

Mediciones, unidades, precios, fuentes, fecha, hipótesis, costes e impuestos diferenciados.

07

Redacción

Razonamiento desarrollado, anexos trazables y conclusiones numeradas y autosuficientes.

08

Auditoría

Contradicciones, lagunas, reservas, coherencia interna y resistencia frente a explicaciones rivales.

Objetividad

El dictamen debe soportar información desfavorable

La objetividad no consiste en una neutralidad abstracta, sino en aplicar el mismo criterio de verificación a todos los datos relevantes. El artículo 335.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige al perito considerar tanto lo que pueda favorecer como lo susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes.

Por ello, el documento debe declarar las limitaciones que condicionen la certeza: falta de acceso, ausencia de catas, documentación incompleta, imposibilidad de reproducir una prueba, medición no representativa o necesidad de un especialista distinto.

Conclusiones prudentes

Si la evidencia permite afirmar compatibilidad, no debe escribirse causalidad acreditada. Si existen varias explicaciones plausibles, deben identificarse y valorar qué comprobación podría discriminarlas.

Estructura

Una organización adaptada al caso

Con las variaciones necesarias, el dictamen puede incluir antecedentes, objeto, identificación del inmueble, documentación, inspección, metodología, descripción, análisis técnico, normativa, causalidad, valoración, conclusiones, limitaciones y anexos. No todas las pericias necesitan todos los apartados, pero ninguna conclusión debe aparecer por primera vez al final.

Cuando el encargo tenga posible uso judicial, la coordinación con el letrado permite alinear las preguntas técnicas con la controversia sin transferir al perito funciones de calificación jurídica o estrategia procesal.

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Un buen encargo empieza por delimitar la pregunta

Remita los antecedentes esenciales y la documentación disponible para estudiar qué comprobaciones son necesarias y qué puede concluirse con rigor.

Consultar el caso